Son el conjunto de bienes y derechos organizados empresarialmente por su titular en el ejercicio de la actividad forestal, primordialmente con fines de mercado. Constituyen en sí misma, una unidad técnico económica.

La explotación forestal está orientada principalmente a la obtención de madera destinada a la fabricación de objetos, el combustible, la producción papelera y la obtención de sus subproductos (setas, pinocha, carbón, etc…)

Para el correcto funcionamiento de las explotaciones forestales, se autorizan las edificaciones propias de dicha actividad económica con las siguientes condiciones:

  • En SRPP 4, SRPAG 1 se autoriza hasta la ampliación de los existentes con las condiciones de parcela mínima de 10.000 m² y edificabilidad de 0,015 m²/m².
  • En SRPAG 2  se autoriza la nueva ejecución con las condiciones de parcela mínima de 10.000 m² y edificabilidad de 0,015 m²/m².